ACUERDO-CONVENIO SOBRE CONDICIONES DE EMPLEO DEL PERSONAL AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO DE ESTELLA-LIZARRA (PERIODO 2016-2019)
Artículo 39. Ayudas para estudios
2.- A todo el personal fijo, y a los contratados administrativos con contrato ininterrumpido con duración superior a tres años o con contratos acumulados de más de tres años en los últimos cinco, cuyas hijas e hijos cursen estudios universitarios (estudios medios o superiores), se consigna importe límite máximo anual a percibir por el personal , de 9.000 euros (excluido cotizaciones sociales) para sufragar gastos en concepto de matrícula.
La ayuda individual por persona no podrá ser en ningún caso superior a la suma de la matrícula en Universidad Pública.
Las ayudas económicas para estudios universitarios serán prorrateadas, en función del porcentaje de jornada laboral cuando ésta sea inferior al 75% y venga derivada de dicha jornada de una contratación a tiempo parcial y no de una reducción de jornada.
Si hubiese remanente de esta partida se destinará a engrosar la cantidad del año siguiente, o en su caso, se cubrirá la diferencia que pudiera existir en el apartado anterior.
Para percibir esta ayuda deberá cursarse la correspondiente solicitud en el mes de octubre, en los impresos que se facilitarán por el comité de empresa, aportando la presentación de la concesión o denegación a su correspondiente solicitud de Beca o declaración jurada de que no se ha pedido beca por superar los baremos económicos establecidos.
Cuando la suma de la beca y la ayuda fuera superior al coste de la matrícula, se descontará el importe de la ayuda en dicha cuantía.