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IMPUESTOS: Solicitud de fraccionamiento de pagos

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IMPUESTOS: Solicitud de fraccionamiento de pagos

FRACCIONAMIENTO DE PAGOS EN PERIODO VOLUNTARIO (hasta 24 meses)

(Regulado en las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal)

NORMAS GENERALES:

  • Las deudas que se pueden aplazar, son todos los impuestos, tasas y las cuotas de urbanización.
  • Tipo de interés aplicable: (El vigente en cada momento) (Tipo de interés de Demora: el 4,0625%).
  • Importe mínimo de la deuda a fraccionar: 100,00 euros
  • Importe mínimo de cada uno de los fraccionamientos: 20,00 euros
  • N.º máximo de fraccionamientos de Impuestos periódicos: 12 plazos
  • N.º máximo de fraccionamientos resto de deudas: 24 plazos. 

                Para planes de pago de duración superior a 12 plazos y 6.000€, será requisito imprescindible el ingreso previo del 30 % de la deuda.

  • Será obligatorio la domiciliación del pago de los fraccionamientos en la cuenta bancaria que el solicitante desee.

(*) Para poder acogerse al fraccionamiento de deudas en periodo voluntario mediante la constitución de un plan de pago, será imprescindible NO tener deudas pendientes en periodo ejecutivo. Este extremo será comprobado de oficio por el propio Ayuntamiento. En caso de deudas en periodo ejecutivo, se podrá previamente solicitar un plan de pago ejecutivo, para posteriormente solicitar en voluntaria.

FUNCIONAMIENTO:

  • La persona solicitante deberá presentar solicitud formal de fraccionamiento en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento (junto con el justificante de ingreso del 30 % de la deuda en los casos de fraccionamiento de entre 12 y 24 plazos).
  • Mediante Resolución de Alcaldía se resolverá la solicitud. La concesión del fraccionamiento es en todo caso potestativa.
  • Si es aprobado el fraccionamiento, entre el día 10 y 15 de cada mes, se cargará en la cuenta indicada por el contribuyente la cantidad resultante de su plan de pago, hasta la finalización del pago total de la deuda.
  • La devolución o impago de cualquiera de los plazos dará lugar a la cancelación del fraccionamiento, exigiéndose la cantidad pendiente y los intereses generados en vía de apremio.
  • Será posible cancelar voluntariamente el fraccionamiento realizando el pago del importe de la deuda pendiente, haciendo coincidir el citado pago con uno de los vencimientos.

Requisitos de la instancia

  • La instancia no requiere firma
  • El trámite requiere que el/la primer/a interesado/a se identifique con certificado digital o Cl@ve
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
ESTELLA-LIZARRA - P3109600A
Paseo de la Inmaculada, 1
31200 Estella-Lizarra (Navarra)
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