Espere, por favor...
Espere, por favor...
Seleccionar idioma
Sede Electrónica ESTELLA-LIZARRA
Sede Electrónica
ESTELLA-LIZARRA

PADRÓN: Alta o modificación

Escudo de ESTELLA-LIZARRA
Sede Electrónica > PADRÓN: Alta o modificación

PADRÓN: Alta o modificación

Órgano Gestor

Ayuntamiento de Estella-Lizarra

Objeto

Solicitud de ALTA o MODIFICACIÓN de datos en el Padrón Municipal de Habitantes de Estella-Lizarra.

Cuando la persona interesada

·         Solicita el ALTA en el Ayuntamiento de Estella-Lizarra, es el propio ayuntamiento quien gestiona la BAJA en el anterior municipio.

·         Se traslada a otro domicilio dentro de Estella-Lizarra, solicita la MODIFICACIÓN

·         Es extranjera debe solicitar BAJA VOLUNTARIA cuando vaya a residir en otro país.

 

Documentación a presentar

Hoja de inscripción o modificación padronal cumplimentada y firmada por todas las personas mayores de edad y menores emancipados.

 

Importante: en el reverso de la Hoja se especifica la documentación que se debe adjuntar en cada caso y las instrucciones para su cumplimentación.

  •  Hoja padronal cumplimentada y firmada.
  •  Documentación acreditativa de la identidad (en vigor):
    • Españoles: DNI (obligatorio para mayores de 14 años) o Libro de Familia o Certificado de nacimiento para menores de 14 años que no dispongan de DNI.
    • Extranjeros (mayores de edad, menores nacidos en el extranjero y menores nacidos en España con más de 3 meses):
      • Ciudadanos de Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza: Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, en el que consta el Número de Identidad de Extranjero (NIE), junto con el documento acreditativo de la identidad o pasaporte expedido por las autoridades de su país.
      • Resto: Tarjeta de identidad de extranjero expedida por las autoridades españolas, en la que consta el Número de Identidad de Extranjero (NIE) o, en su defecto, pasaporte expedido por las autoridades de su país.
    • Extranjeros menores nacidos en España con menos de 3 meses:
      • Libro de Familia o Certificado de nacimiento expedido por autoridades españolas, en caso de que no dispongan de un documento de identificación.
    • Menores no emancipados:
      • Libro de Familia o Certificado de nacimiento. En casos de separación o divorcio, la resolución judicial que acredite su guarda y custodia.
      • Cuando se solicite la inscripción de un menor con uno solo de sus progenitores, se debe presentar la autorización del otro para el empadronamiento o, en su defecto, declaración responsable firmada por el que realiza la solicitud de tener la guarda y custodia del menor y capacidad legal suficiente para hacer la inscripción, según el modelo suministrado por el Ayuntamiento.
    • Incapacitados:
      • Resolución judicial que acredite la representación legal.
  • Documentación acreditativa del domicilio
    • Título de propiedad (Escritura, Nota del Registro...).
    • Contrato vigente de arrendamiento de vivienda para uso de residencia habitual acompañado del último recibo de alquiler.
    • En caso de Autorización de persona empadronada: título acreditativo de la posesión efectiva de la vivienda (propiedad, alquiler...) a nombre de la misma.
    • Cuando se cumplimenten o presenten autorizaciones se acompañarán fotocopias de los documentos de identidad de los autorizantes.
    • Los servicios municipales podrán comprobar por otros medios (informe de Policía local, inspección del propio servicio, etc.) que realmente el vecino habita en ese domicilio, y en caso afirmativo inscribirlo en el Padrón.

La hoja padronal está disponible en este trámite telemático y también está en la Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Estella-Lizarra.

Se debe indicar obligatoriamente: nombre, apellidos, sexo, lugar de nacimiento, nivel de estudios y DNI.

Voluntariamente se puede indicar el número de teléfono.

 

Justificante de residir en la vivienda:

Si reside en domicilio propio: escrituras, contrato de suministro de luz, teléfono, agua, etc.

Si reside en domicilio ajeno: contrato de alquiler o autorización del propietario/a, junto con fotocopia del DNI del autorizante.

 

Documento que acredite la identidad de la persona a inscribir:

  • DNI, tarjeta de persona extranjera o pasaporte.
  • Para los menores de edad no emancipados, documento que acredite la filiación y representación del menor a inscribir: Libro de Familia (o documento equivalente: certificado de nacimiento emitido por un Registro Civil) o partida de nacimiento.
  • En los casos de menores de edad no emancipados que se empadronen en un domicilio distinto al de sus padres o representantes, deberán presentar también autorización firmada por los representantes del menor (padres, tutores o quien tenga confiada su guardia y custodia) y fotocopia del DNI de los mismos.
  •  En los casos de menores de edad no emancipados que se empadronen con uno solo de sus padres, autorización por escrito firmada por el otro progenitor o declaración responsable de no necesitar autorización judicial previa al cambio de domicilio del menor.
  • En los supuestos como los de separación o divorcio, declaración responsable para el empadronamiento aportando la copia de la resolución judicial que otorga la guardia y custodia.

 

Lugar de presentación:

·         De forma presencial en Ayuntamiento de Estella-Lizarra. Paseo de la Inmaculada 1 (trasera)

·         De forma telemática en esta Sede electrónica

 

Normativa:

·         Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

·         Real Decreto que modifica el Reglamento de Población y Demarcación territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, (20 de diciembre de 1996; BOE 14 DE 16/01/1997).

·         Resoluciones sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal (Resolución de 9 de abril de 1997).

·         Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.

 

Más información

El alta en el padrón del Ayuntamiento de Estella-Lizarra implica la BAJA en el municipio de procedencia porque se tramita automáticamente al realizar la solicitud de Alta.

Para desempadronar a una persona de su vivienda, el titular de la vivienda o inquilino deberá hacerlo mediante la presentación de una instancia. El Ayuntamiento iniciará un expediente de baja de oficio que una vez finalizado pasará la decisión al Consejo de Empadronamiento del Instituto Nacional de Estadística.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
ESTELLA-LIZARRA - P3109600A
Paseo de la Inmaculada, 1
31200 Estella-Lizarra (Navarra)
Precarga de imagen Precarga de imagen